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Guía práctica

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar un daño? Guía sobre la prescripción de la responsabilidad civil

¿Sabes cuánto tiempo tienes para reclamar una indemnización?

Agustín Zamarro Mogarra · Abogado

Actualizado el 24 de septiembre de 2026 · 2 min de lectura

Cuando sufres un daño o perjuicio derivado de la culpa o negligencia de otra persona, el derecho a exigir una indemnización no es ilimitado en el tiempo. Para poder reclamar con éxito, es fundamental conocer los plazos de prescripción establecidos por la ley y el momento exacto en que empieza a contar el reloj legal.

  1. Regla general: Responsabilidad civil extracontractual (1 año)

Si sufres un daño por acción u omisión negligente (regulado en el artículo 1902 del Código Civil), la acción para exigir la reparación de los daños prescribe en el plazo de 1 año (según el artículo 1968.2 del Código Civil).

¿Desde cuándo empieza a contar este año? El Tribunal Supremo establece reglas clave para determinar el inicio del plazo (dies a quo):

  • En caso de lesiones: El plazo de un año no comienza el día del alta médica o sanidad, sino en la fecha en que la persona tiene conocimiento del quebranto definitivo de la lesión.
  • En daños continuados: El cómputo no se inicia hasta que cesen de forma definitiva los efectos lesivos o se produzca el quebranto total y definitivo.
  • Ante varias bajas médicas: Si surgen varias bajas derivadas del mismo accidente, será determinante evaluar si la última baja está vinculada o no a los trastornos producidos originalmente.
  1. Casos especiales: Accidentes de circulación

Cuando los daños y perjuicios derivan de un accidente de tráfico, la Ley de Contrato de Seguro (artículo 23) establece plazos específicos diferenciados:

  • Daños personales (lesiones): La acción para reclamar la indemnización por lesiones personales prescribe a los 5 años.
  • Daños materiales (vehículo y objetos): La reclamación por desperfectos en el vehículo o bienes materiales prescribe a los 2 años.

Consejo: Si has sufrido un siniestro o negligencia, conserva todos tus informes médicos, partes de baja y facturas para acreditar el origen de los daños dentro de plazo

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Familia, herencias, contratos, alquileres y comunidades.

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