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Agustín ZamarroAbogado

Familia

Caso de éxito: el juzgado mantiene la pensión de alimentos a dos hijos mayores de edad y la pensión compensatoria

Un padre pidió dejar de pagar la pensión a sus hijos mayores de edad y la compensatoria a su exmujer. El juzgado desestimó la demanda. Te explicamos por qué.

Agustín Zamarro Mogarra · Abogado

Actualizado el 7 de octubre de 2026 · 3 min de lectura

En esta guía

El caso

Unos años después de divorciarse de mutuo acuerdo, un padre presentó una demanda de modificación de medidas. Pedía al juzgado tres cosas: dejar de pagar la pensión de alimentos de sus dos hijos, dejar de pagar la mitad de sus gastos extraordinarios y suprimir la pensión compensatoria que abonaba a su exmujer.

Sus argumentos eran que los hijos ya eran mayores de edad, que hacía tiempo que no tenía relación con ellos y que sus gastos habían aumentado.

En nuestro despacho asumimos la defensa de la madre.

El resultado

El juzgado desestimó íntegramente la demanda. Se mantienen la pensión de alimentos de ambos hijos, el reparto de los gastos extraordinarios y la pensión compensatoria en los términos de la sentencia de divorcio.

Por qué ganó la madre

1. La pensión de alimentos no termina a los 18 años. Según el Código Civil y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los padres siguen obligados a mantener a los hijos mayores de edad que conviven con ellos y no tienen ingresos propios. La obligación dura hasta que alcanzan la independencia económica, siempre que la falta de ingresos no sea culpa del hijo.

En este caso, uno de los hijos está haciendo estudios de posgrado con buen rendimiento académico. Sus trabajos han sido esporádicos y no le permiten mantenerse. El juzgado consideró que sus estudios son una continuación lógica de su formación y que no hay pasividad ni desidia por su parte.

2. Un hijo con discapacidad sigue necesitando apoyo. El otro hijo tiene reconocida una discapacidad y depende económicamente de su madre. Ni siquiera el padre lo discutió.

3. No tener relación con los hijos no basta para dejar de pagar. La ley permite extinguir la pensión si el hijo ha cometido alguna falta que justificaría desheredarle. El Tribunal Supremo admite que una falta de relación grave y continuada pueda encajar ahí, pero exige probar que es imputable principal y exclusivamente al hijo. El padre no aportó ninguna prueba en ese sentido.

4. La pensión compensatoria solo se modifica si cambia la situación económica. Esta pensión compensa el desequilibrio que el divorcio causó al cónyuge que se dedicó a la familia. Solo puede reducirse o suprimirse si esa situación cambia de forma importante y duradera. La madre no había mejorado: desde el divorcio solo había podido trabajar unos meses y seguía con ingresos muy bajos, mientras que los del padre se mantenían muy superiores.

5. Lo que se alega hay que probarlo. El padre habló de préstamos, alquileres y embargos. Pero aportó documentos sin firmar, ofertas de préstamo que nunca llegó a formalizar y un embargo causado por sus propios impagos. Quien pide la modificación tiene la carga de probar que las circunstancias han cambiado. Sin esa prueba, la demanda no puede prosperar.

Qué aprendemos de este caso

  • La mayoría de edad no extingue por sí sola la pensión de alimentos.
  • Los estudios con aprovechamiento justifican que la pensión continúe.
  • La falta de relación entre padre e hijos solo extingue la pensión si se demuestra que es culpa de los hijos.
  • Para modificar una pensión hay que demostrar un cambio real, importante y duradero de circunstancias.
  • Una buena defensa se basa en documentar bien la situación de cada parte.

¿Estás en una situación parecida?

Tanto si te han demandado para reducir o quitar una pensión como si crees que tus circunstancias han cambiado, cada caso depende de sus pruebas. Te recomendamos asesorarte antes de dar ningún paso.

Agustín Zamarro Mogarra · Abogado

Sentencia de primera instancia. Los datos del caso se han anonimizado para proteger la intimidad de las personas implicadas. Este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento profesional.

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