Saltar al contenido
Agustín ZamarroAbogado

Laboral y Seguridad Social

RD 846/2026: nuevos límites de exposición laboral al plomo y a los diisocianatos

RD 846/2026: nuevos límites de exposición laboral al plomo y a los diisocianatos

Agustín Zamarro Mogarra · Abogado

Actualizado el 27 de octubre de 2026 · 1 min de lectura

En esta guía

Agustín Zamarro Mogarra, Abogado · agustinzamarro.com · 27 oct 2026

Desde el 24 de octubre de 2026 está en vigor el Real Decreto 846/2026, que endurece la protección de quienes trabajan expuestos al plomo y a los diisocianatos. Transpone la Directiva (UE) 2024/869.

Lo esencial

Hasta 31-12-2028Desde 2029Antes
Plomo en aire0,03 mg/m³0,03 mg/m³0,15 mg/m³
Plomo en sangre30 µg/100 ml15 µg/100 ml70 µg/100 ml
Diisocianatos (8 h / 15 min)10 / 20 µg NCO/m³6 / 12 µg NCO/m³Sin límite
  • El plomo pasa a ser reprotóxico sin umbral: cumplir el límite no basta, hay que reducir la exposición al mínimo técnicamente posible.
  • La vigilancia de la salud es obligatoria desde 9 µg/100 ml en sangre (4,5 µg en trabajadoras en edad fértil).
  • Quien supere el límite por exposición anterior al 9-4-2026 puede seguir en el puesto solo con vigilancia periódica y tendencia descendente acreditada.
  • Nuevos derechos: hasta 10 minutos de aseo antes de cada comida, formación teórica y práctica e información personal del resultado si se supera el límite biológico.

Qué hacer ahora

Las empresas deben revisar la evaluación de riesgos, repetir mediciones y actualizar el protocolo médico. El incumplimiento puede acarrear sanciones (LISOS) y recargo de prestaciones. Si trabajas expuesto, puedes exigir estas garantías ante tu empresa o la Inspección de Trabajo.


Contenido informativo; no sustituye el asesoramiento sobre un caso concreto.

Agustín Zamarro Mogarra, Abogado · agustinzamarro.com

Área relacionada

Laboral y Seguridad Social

Despidos, incapacidades, accidentes de trabajo y pensiones.

Artículos relacionados

Reservar consulta