Laboral y Seguridad Social
Empresa de Trabajo Temporal. Paga de Beneficios.
La presente sentencia (STSJ Sevilla nº 475/2018 Social 8/02/2018), se declara el derecho de los trabajadores por ETT a percibir no sólo las retribucio...

Agustín Zamarro Mogarra · Abogado
Publicado el 4 de julio de 2018 · 1 min de lectura

La presente sentencia (STSJ Sevilla nº 475/2018 Social 8/02/2018), se declara el derecho de los trabajadores por ETT a percibir no sólo las retribuciones fijadas en el convenio colectivo aplicable a la empresa usuaria, sino también el salario total que ésta abona a sus propios trabajadores, incluyendo, por tanto, la parte proporcional de la paga de beneficios a la que tienen derecho los trabajadores de plantilla.

