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title: "Tribunal del Jurado"
description: "La L.O. 1/2017, de 13 de diciembre, sobre participación de las personas con discapacidad sin exclusiones, ha eliminado como requisito el “No estar impedido física."
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site: "Agustín Zamarro · Abogado"
language: "es-ES"
author: "Agustín Zamarro Mogarra"
published: "2018-02-19"
category: "Jurisprudencia"
area: "derecho-penal"
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# Tribunal del Jurado

> La L.O. 1/2017, de 13 de diciembre, sobre participación de las personas con discapacidad sin exclusiones, ha eliminado como requisito el “No estar impedido física.

Publicado el 19 de febrero de 2018. Tiempo de lectura: 1 min.

La L.O. 1/2017, de 13 de diciembre, sobre participación de las personas con discapacidad sin exclusiones, ha eliminado como requisito el “No estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de Jurado”; de forma que, desde su entrada en vigor el día 14 de febrero de 2018 , las personas con discapacidad no podrán ser excluidas por esta circunstancia de la función de jurado. 

Se regulan como **requisitos para ser jurado**, en el artículo 8, LOTJ : 

-  Ser español mayor de edad. 

-  Encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos. 

-  Saber leer y escribir. 

-  Ser vecino, al tiempo de la designación, de cualquiera de los municipios de la provincia en que el delito se hubiere cometido. 

-  Contar con la aptitud suficiente para el desempeño de la función de jurado.

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